CIDH otorga medidas cautelares al abogado Joel Antonio García Hernández

La Comisión insta a proteger los derechos a la vida y a la integridad personal del abogado defensor de Derechos Humanos en Venezuela, que enfrenta «un riesgo de daño irreparable»

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) adoptó el pasado 13 de mayo su Resolución 31/2024, mediante la cual otorga medidas cautelares a favor de abogado venezolano Joel Antonio García Hernández, defensor de los Derechos Humanos, tras «considerar que se encuentra en una situación de gravedad y urgencia, toda vez que sus derechos a la vida e integridad personal enfrentan un riesgo de daño irreparable».

García Hernández, vicepresidente de Fundación Defensa de los Derechos Humanos en Venezuela (Fundeci), «ha estado sufriendo amenazas y agresiones relacionadas con su trabajo en defensa de personas consideradas «presos políticos» en Venezuela», señalá el comunicado de la CIDH.

«A pesar de haber presentado denuncias y solicitudes de protección a las autoridades internas, hasta la fecha no se estaría implementando ninguna medida por parte del Estado (venezolano) para prevenir nuevos ataques, y no habría avances en las investigaciones», destacó en un comunicado la CIDH.

Una de las amenazas ocurrió el 7 de febrero de 2024, cuando el abogado se encontraba en el Palacio de Justicia del Área Metropolitana de Caracas. En ese momento, estaba en compañía del cónsul general y adjunto de Chile en Venezuela, recordó Radio Fe y Alegría Noticias.

Ambos estaban en la salida del Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Palacio de Justicia en Caracas cuando los abordó un desconocido que lo amenazó: «si sigues publicando… en las redes, ya verás lo que te va a pasar», explicó el abogado en un tuit. Cuando el cónsul intervino, el hombre le replicó: «tú podrás ser cónsul de Chile pero estás en Venezuela, te callas». Cuando llegó el personal de seguridad del Palacio de Justicia el desconocido se retiró del sitio sin ser detenido, tuiteó el abogado.

Según el Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP), la amenaza fue debido a las constantes denuncias que realiza el abogado a través de sus redes sociales.

“La CIDH requirió información al Estado el 29 de febrero de 2024. A la fecha, no ha enviado respuesta, encontrándose vencido el plazo otorgado”, indicó la organización en el documento, indicó Efecto Cocuyo.

El Estado venezolano, según el comunicado de la CIDH, «no proporcionó información que permita determinar que los factores de riesgo identificados se hayan mitigado debidamente».

La Comisión «valoró los aspectos de riesgo como el hecho de que ha sido objeto de persecuciones y amenazas, como incidentes» en el Palacio de Justicia, «la falta de implementación de medidas de protección efectivas y la situación particular de vulnerabilidad, dado el contexto de hostilidad en el país contra personas que son defensoras legales».

Considera la Comisión que «el asunto reúne a primera vista los requisitos de gravedad, urgencia e irreparabilidad contenidos en el artículo 25 de su Reglamento».

El ente solicita a Venezuela que:

  • Adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal de Joel Antonio García Hernández, de acuerdo con los estándares y obligaciones internacionales aplicables, incluidos los actos de riesgo atribuibles a terceros;
  • Implemente las medidas necesarias para que el beneficiario pueda desarrollar sus labores como abogado defensor sin ser objeto de actos de intimidación, amenazas u otros hechos de violencia en el ejercicio de estas;
  • Concierte las medidas a adoptarse con el beneficiario y sus representantes;
  • Informe sobre las acciones adelantadas a fin de investigar los hechos alegados que dieron lugar a las presentes medidas cautelares y así evitar su repetición.

«El otorgamiento de la presente medida cautelar y su adopción por el Estado no constituyen prejuzgamiento alguno de una petición que eventualmente pueda ser interpuesta ante el Sistema Interamericano sobre una posible violación de los derechos protegidos en los instrumentos aplicables», concluye el órgano principal y autónomo de la Organización de Estados Americanos (OEA).

El este actúa por mandato de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y tiene «. La Comisión tiene «el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia».

La Comisión está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.

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