Natalia y Guillermo Améstica fueron acusados de homicidio calificado con alevosía, entre otros cargos. El Ministerio Público pidió 30 años de cárcel, pero les rebajaron cinco por haber confesado, aseguró el fiscal Tarek William Saab
A una pena de 25 años de prisión fueron condenados este viernes los hermanos Natalia y Guillermo Améstica por el caso Canserbero.
Una jueza los encontró culpables de los cargos por los que se les acusaba: homicidio calificado con alevosía y por motivo fútil en grado de coautoría, obstrucción a la administración de justicia, simulación de hecho punible, falsa atestación ante funcionario público y asociación para delinquir.
El Ministerio Público pidió para ambos acusados una pena de 30 años de prisión, pero la jueza de la causa les dictó pena de 25 años, cinco menos de lo solicitado por el MP, en vista de que confesaron su participación en las muertes del baterista Carlos Molnar y del rapero Tirone José González Orama, conocido como Canserbero, explicó en rueda de prensa el fiscal general Tarek William Saab.
«Tras la admisión, por los delitos que el Ministerio Público acusó y por el acervo probatorio recabado, el tribunal de la causa procedió a imponer a ambos… la pena de 25 años de prisión», expresó Saab.
En videos publicados por el MP, los hermanos Améstica admitieron haber dado muerte a Carlos Molnar, pareja de Natalia Améstica, y a Canserbero, de quien ella era mánager, y que luego modificaron la escena del crimen para mostrarlo como un homicidio/suicidio. Según los videos mostrados por el Ministerio Público, confesaron haber pagado a funcionarios policiales para que los ayudaran a ocultar los hechos.
Según Saab, nueve años después de las muertes de González Orama y Molnar, ocurridas entre el 19 y el 20 de enero de 2015, se logró el «total esclarecimiento» de la muerte del rapero y el baterista. El Ministerio Público retomó el caso en noviembre de 2023.
«Los acusados Natalia Améstica y Guillermo Améstica delataron en presencia de su defensa técnica las acciones criminales ejecutadas por ellos y otras personas en contra de las víctimas Carlos Molnar y Tirone González (Canserbero)», indicó Saab en referencia a videos grabados entre el 18 de diciembre de 2023 y el 31 de enero de 2024.
«Allí, frente al juez, los fiscales y su defensa técnica, al ver los más de 100 medios probatorios contenidos en la acusación presentada por el MP, Natalia Améstica y Guillermo Améstica se acogieron al procedimiento especial de admisión de hechos», agregó.
Detalló que la audiencia preliminar del caso se hizo este jueves 1 de febrero en el Tribunal 2º de Control del Área Metropolitana de Caracas, donde los fiscales a cargo del caso «ratificaron la acusación» contra Natalia Améstica y Guillermo Améstica, quienes «se acogieron al procedimiento especial de admisión de los hechos», lo que podía implicar una rebaja en la pena, previa evaluación del caso.
Hay otras cinco personas acusadas por este caso, todos detenidos: Marcos Pratolongo por homicidio calificado con alevosía y por motivo fútil en grado de cómplice no necesario, simulación de hecho punible, obstrucción a la administración de justicia y asociación para delinquir; los funcionarios policiales Edgar Trillo, Gilbert Cruz y Teresa Pinto por obstrucción a la administración de justicia, simulación de hecho punible, corrupción propia agravada y asociación para delinquir y la patóloga Solangela Mendoza por los delitos de obstrucción a la administración de justicia, encubrimiento y asociación para delinquir. «En su informe, se establecía premeditadamente que la causa de muerte fue la herida producto de la caída», destacó Saab.
Otros cinco implicados tienen orden de aprehensión y alerta roja de Interpol: los funcionarios del Cicpc Yonel Alejandro Toro Noguera, Arquelis Enrique Blanco Campos (em comisión de servicio) y Vicson Jesús Medina (en Estados Unidos) y los exfiscales Tulio Enrique Mendoza y Yoli Abelina Torres.
Sobre la propiedad intelectual de las piezas compuestas y grabadas por Canserbero, el pasado 20 de enero de 2024 el Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual (SAPI) emitió un «acto administrativo mediante el cual anula los registros de las Producciones Fonográficas Vida y Muerte y Apa y Can.
Saab explicó que hasta esa fecha Leandro Añez (Kapu) «obtiene el 100% de las regalías en relación a los temas musicales más relevantes, sin pagar al padre de Canserbero el dinero que le corresponde por tal concepto».

